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Entrevista a María Rosa Vila: Los espacios públicos y su relación con los fotógrafos

©Mónica Tudela
Además de ser la editora fotográfica de la prestigiosa revista Descobrir Catalunya, María Rosa Vila es una mujer comprometida hasta la médula con la fotografía contemporánea y documental.
Desde hace un buen tiempo, su blog Enfocant se ha convertido en un referente ineludible por la calidad de sus notas y por los apasionados debates que generan sus distintas miradas sobre aspectos de la actualidad fotográfica.
Por esos motivos, Calle 35 quiso ir un poco más lejos y le realizamos una pequeña entrevista que gira alrededor de los espacios públicos y su relación con los fotógrafos. Temas que a María Rosa les despierta siempre un gran interés.
Calle 35: Si te encuentras haciendo fotografías en algún espacio público urbano español: ¿ pides permiso a los sujetos fotografiados , o robas con guantes blancos alguna imagen sin su previo consentimiento?
MRV: Como fotógrafa, me gusta hacer fotos de manera instintiva, espontánea e improvisada, por lo que si tuviera que pedir permiso a la gente que fotografío, no podría hacer las fotos que hago. Se perderían toda la espontaneidad y el encanto del momento o situación. Así que mis imágenes casi siempre son “robadas”, ya que prácticamente nunca pido permiso a la gente. Creo que mis imágenes son respetuosas y que con ellas no hago daño a nadie. Además, con los años, quizás contribuyan a fijar una memoria colectiva de un espacio y un tiempo concretos. Es decir, que en cierta medida tienen una finalidad social y pública.
Como editora gráfica, prácticamente nunca pido los “model release” (las autorizaciones de las personas que aparecen en las fotos que publicamos en la revista donde trabajo) a los fotógrafos que colaboradores, ya que jamás hemos tenido ninguna denuncia. Sólo en casos muy puntuales, como en las fotos donde salen menores, sí que he pedido el consentimiento de los padres
C35: En relación a la street photography, como observas las reglas de juego del espacio público en España y con respecto a otros ámbitos europeos o del resto del mundo?
MRV: Creo que en España, a diferencia de otros países, confluyen diversas cuestiones. Por un lado, existe un recelo a ser fotografiado que tiene su origen, en parte, en la explotación económica de los derechos de imagen de algunas celebridades: muchas personas, por mimetismo, creen que su imagen también tiene valor, por lo que no están dispuestos a que sea registrada por una cámara.
Por otro lado, no existe en España una tradición fotográfica de calle tan intensa y extendida como en Estados Unidos, Gran Bretaña o Francia, en donde destacaron autores como Brassai, Robert Doisneau, Robert Frank, Dorothea Lange, Walker Evans, Garry Winogrand, Josef Koudelka o Cartier-Bresson. Por no tener, ni siquiera existe una historia de la fotografía española completa ni una base histórica que sea un referente que ayude a valorar la creación fotográfica contemporánea. Es nuestra asignatura pendiente. Entre 1920 y 1950, no existían libros de vanguardia como el de Brassai sobre París que documentaran el crecimiento de ciudades como Barcelona o Madrid, o que dieran una visión moderna de aquellos años. Tampoco habían exposiciones ni museos con obra gráfica. Sólo existían algunas revistas como Nueva Visión o D’aci i d’allà.
Más tarde, en los 60, algunos pioneros incomprendidos como Manuel Falces, Koldo Chamorro, Ramon Masats, Ricard Terré i Carlos Pérez Siquier sí que editaron algunos libros y se agruparon en colectivos como el Grupo Afal, dando un paso de gigante para difundir su obra en el extranjero, ya que aquí seguía sin existir una estructura institucional de apoyo a la fotografía. Por lo tanto, las imágenes que tenemos en nuestra memoria de ciudades como Madrid y Barcelona tienen más que ver con el No-Do que proyectaban los cines durante la dictadura, que con una verdadera y extendida cultura fotográfica colectiva.

©Ramon Masats

©Ricard Terré
Este es el contexto en el que se creó la Ley Orgánica 1/1982 que protege el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Esta ley y el artículo 18.1 de la Constitución española especifican que toda persona tiene el derecho fundamental de preservar su imagen e intimidad. La ley intenta evitar que la imagen de personas sin proyección pública sea captada de forma reconocible, reproducida o publicada sin su consentimiento (artículo 7.5), facultad que sólo el interesado puede ejercer. Por lo tanto, técnicamente SIEMPRE deberíamos pedir autorización a la persona que está delante de nuestro objetivo (es decir, durante la captación de la foto), pero también cuando quisiéramos reproducirla o publicarla. Si no lo hacemos, estamos violando su derecho a la imagen y cometiendo una infracción. Como la captación, reproducción y publicación son tres actos diferentes, puede ser que una persona nos autorice a hacerle la foto, pero no a reproducirla o publicarla. Por lo tanto, hay que pedirle autorización para las tres cosas.
En comparación con otros países, como en Estados Unidos en donde está permitido fotografiar a personas en zonas públicas (aunque no en todas partes: por ejemplo, si el propietario de una tienda o un restaurante no quiere, no se pueden hacer fotos en su establecimiento), nuestra ley es muy proteccionista y, por lo tanto, nos lo pone muy difícil a los que nos dedicamos a la fotografía para tomar fotos en la calle y publicarlas.
C35: Volviendo a la Ley Orgánica 1 / 1982 ¿ es vigente o debería reformularse a los tiempos actuales?
MRV: La ley me parece demasiado proteccionista, sobre todo en lo que respecta a los derechos de imagen en espacios públicos, ya que considero que cualquiera que se encuentre fuera de un ámbito privado debería poder ser fotografiado, tal y como sucede en Estados Unidos, donde es legal hacer fotos de gente en espacios públicos sin su consentimiento.
Sin embargo, creo que tampoco debemos dramatizar. La Constitución es de 1978 y la ley, de 1982. Desde entonces, muchos fotógrafos españoles como Jose Manuel Navia, Cristina Garcia Rodero, Joan Colom, Tino Soriano y tantos otros han “infringido” la ley reiteradamente por haber fotografiado y publicado imágenes de multitud de personas sin su consentimiento. Y no ha ocurrido nada! Y si ellos lo hacen, ¿por qué no deberíamos de hacerlo los demás?

Los peregrinos de Usera ©Cristina Garcia Rodero

New York ©Navia
En los años que llevo trabajando como fotógrafa y editora gráfica, jamás he tenido ni he sido testigo de ninguna denuncia por atacar el derecho de imagen de nadie. Aunque cada vez la gente está más sensibilizada y tiene más conciencia de la propia imagen y del riesgo de perder el control sobre ella debido a la proliferación de cámaras y el uso de Internet, es muy difícil que nadie se atreva a denunciarnos, ya que hacerlo es costoso y requiere un esfuerzo económico considerable. Además, como el derecho a la imagen entra muchas veces en conflicto o contradicción con los derechos a la información y la libertad de expresión (reconocidos también por la Constitución), la ley contempla algunas excepciones (artículo 8.2) que alivian en parte el problema a los fotógrafos.
Creo que, ante todo, es una cuestión de sentido común. Por suerte, muchas personas lo tienen y gracias a ello, los fotógrafos tenemos un cierto margen a la hora de hacer fotos en la calle
C35: Por último y a modo teórico: ¿cuáles serían para ti las condiciones ideales para el libre desenvolvimiento de un fotógrafo en los espacios públicos?
MRV: El desideratum sería que los fotógrafos pudiéramos captar, publicar y difundir libremente imágenes de cualquier persona o cosa que se hallara en un espacio público, ya sea en la calle, un restaurante, un museo, un edificio de la administración o en el metro. Pero me temo que en los tiempos que corren, con la amenaza terrorista sobre nuestras cabezas y el miedo a los pedófilos, eso es una quimera.
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